viernes, 10 de junio de 2016

EVIDENCIA

SEGURIDAD INTEGRAL:

Seguridad Basada en el Comportamiento:
Seguridad para contratistas, seguridad en oficinas, conducción preventiva, trabajo en espacios confinados, seguridad para trabajo en alturas, prevención de accidentes en manos, manejo Seguro de materiales y montacargas, manejo de productos químicos, orden y aseo en el lugar de trabajo, seguridad de las personas, instalaciones y equipos.
Incendios:
Brigadas de emergencias, manejo de extintores, como actuar en caso de emergencia, psicología de la emergencia, prevención y control de fuego.
Programa Líder:
Para cambios de actitud y comportamiento empresarial.
Cursos para todos los niveles, aprobados por el SENA.
MEDICINA LABORAL:
Estilos de vida y trabajos saludables, hábitos alimenticios, manipulación de alimentos, prevención de enfermedades de transmisión sexual, prevención de enfermedad varicosa, prevención de sida, nutrición y sobrepeso, higiene postural, relación de pareja, nutrición y deporte, economía familiar, prevención del cáncer, principios de sexualidad humana, alcoholismo y tabaquismo, prevención de enfermedades respiratorias de origen Laboral, hipertensión y cuidado, prevención de riesgo cardiovascular, cáncer de próstata y cuello uterino, salud visual en el ambiente laboral, efectos de ruido sobre la salud.

MARCO LEGAL

GENERALIDADES DE LA EMPRESA
  1. INFORMACIÓN BÁSICA DE LA EMPRESA
SALUD OCUPACIONAL LORICA S.A.S 
Nit: 900-345672-4
Representante legal: Dania Puertas Mangones
Dirección: DG 8 25D - 36
Teléfono: 3004536868
ARL: Positiva
EPS: CONFACOR
FONDO DE PENSIONES: FONDO NACIONAL DEL AHORRO

  1. CARACTERÍSTICAS DE LOS TRABAJADORES:
2.1 Número de trabajadores y Cargo
4 Administrativos planta
2 Operarios planta
2 Servicios generales planta
1 Conductores
2 Operarios recolección

2.2 Jornada laboral
Lunes a viernes 8:00 am a 5:00 pm
Sábados de 8:30 am a 5:30 pm

  1. RESEÑA HISTÓRICA

SALUD OCUPACIONAL LORICA S.A.S, inició operaciones en el municipio de Lorica - Córdoba, en el año 2013, nuestros servicios incluyen: asesorías, capacitación y servicios para el desarrollo de programas de salud ocupacional, incluidas las actividades de medicina preventiva y del trabajo.
Desde el año 2010 nuestra empresa se certificó en las normas de Gestión de Calidad GP 1000 e ISO 9001, en la norma Gestión Ambiental ISO 14001 y en la norma de Sistema de Gestión en Seguridad y Salud Ocupacional OHSAS 18001, garantizando la eficiencia de nuestros procesos.

4.1 Objetivo general:

IMPLEMENTAR UN SISTEMA DE GESTIÓN  INTEGRAL DE CALIDAD AMBIENTAL Y SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL, DE ACUERDO A LOS ESTÁNDARES Y CUMPLIMIENTOS LEGALES NACIONALES E INTERNACIONALES.
4.2 Objetivos específicos.

Satisfacer a los clientes con servicios que cumplan con especificaciones de seguridad, calidad y ambientes establecidos.

           5.MISION

Salud Ocupacional Lorica S.A.S. es una institución con sentido social que presta servicios en salud ocupacional, apoyando al sector empresarial e institucional buscando el bienestar y la calidad de vida de los trabajadores, a través de un servicio personalizado en: medicina ocupacional y laboral, investigación, capacitación, asesoría y asistencia técnica, con el fin de superar las expectativas de nuestros clientes.
Buscamos niveles de productividad que garanticen el permanente crecimiento de nuestra compañía y el desarrollo del talento humano de quienes la integramos.


           6. VISIÓN

Salud Ocupacional Lorica S.A.S. es una institución con sentido social que presta servicios en salud ocupacional, apoyando al sector empresarial e institucional buscando el bienestar y la calidad de vida de los trabajadores, a través de un servicio personalizado en: medicina ocupacional y laboral, investigación, capacitación, asesoría y asistencia técnica, con el fin de superar las expectativas de nuestros clientes.
Buscamos niveles de productividad que garanticen el permanente crecimiento de nuestra compañía y el desarrollo del talento humano de quienes la integramos.

  1. 7.Política de gestión
SALUD OCUPACIONAL S.A.S., está comprometida con la prestación del servicio de asesorías y asistencia tecnica para la implementacion del sistema general de seguridad y salud en el trabajo, buscando incrementar la satisfacción de sus clientes, velando por la salud y seguridad de nuestros colaboradores, cumpliendo con los requisitos normativos y legales, minimizando accidentes y enfermedades laborales, mediante la mejora continua del sistema de gestión integrado en Calidad, Medio Ambiente y Salud Ocupacional y Seguridad Industrial.

        8.PRINCIPIOS DE LA EMPRESA

NUESTROS PRINCIPIOS:

RESPONSABILIDAD: 
Cumplimos compromisos adquiridos con una actitud de constancia que se refleja en los logros obtenidos.

COMPROMISO:
Trabajamos con voluntad y cumplimos con las políticas de la organización para contribuir al logro de sus objetivos.

HONESTIDAD: Actuamos con rectitud y justicia en las labores que desempeñamos, reflejando claridad y transparencia ante clientes.

  1. 9. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL


  1. 10. INSTALACIONES LOCATIVAS
SALUD OCUPACIONAL LORICA S.A.S. tiene un área de 7500 m2, una planta física de 200 m2, donde se ubican las oficinas administrativas y parqueaderos,  un área de 500 m2 donde se establece el centro de acopio de los residuos, 500 m2 donde se establece la planta de tratamiento de los RSH, todos construidos en muros de ladrillo revocados con mortero de arena y cemento y área de 75 m2 construido en madera y paja para la recreación y horarios de descanso y restaurante.

  1. 11. MARCO LEGAL
La integridad de la vida y la salud de los trabajadores constituyen una preocupación de interés público, en el que participan el gobierno y los particulares (Ley 9/79).
El marco legal está dado por lineamientos constitucionales, convenios internacionales de la OIT, normas generales del Código Sustantivo del Trabajo y además por:
  • Ley 9ª de 1979 Código Sanitario. Norma para preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones.
  • Resolución 2400 del 22 de Mayo de 1979 de Ministerio de Trabajo.
Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo
  • Decreto 614 del 14 de Marzo de 1984 de Ministerio de Trabajo y Ministerio de Salud.
Bases para la organización y administración de Salud Ocupacional en el país
  • Resolución 2013 de Junio 6 de 1986 de Ministerio de Trabajo
Reglamento para la organización, funcionamiento de los comités de medicina, higiene y seguridad industrial en los lugares de trabajo.
  • Se complementa con el Decreto 1295 de 1994 en cuanto al nombre COPASO y funciones. Hay cambios sobre su inscripción con la Ley 1429 de 2010, parágrafo 2 Artículo 65.
  • Resolución 1016 de Marzo 31 de 1989 de Ministerio de Trabajo
Reglamento de la organización, funcionamiento y forma de los programas de salud ocupacional.
  • Resolución 179 de 1990 Art: 1-2
Por la cual se adoptan valores límites permisibles para la exposición ocupacional al ruido. Evaluación de los valores límites permisibles para la exposición ocupacional al ruido de acuerdo a la jornada laboral aplicados al ruido continúo o intermitente.
  • Resolución 6398 de 1991 Art: 1-2-3
Por lo cual se establecen procedimientos en materia de salud ocupacional. Exámenes médicos pre ocupacionales. Práctica de exámenes médicos de admisión, para determinar la aptitud física y mental del trabajador para el oficio que vaya a desempeñar.
  • DEROGADA por Res. 2346 de 2007 Resolución 1075 de 1992 art: 1-2
Actividades en materia de salud ocupacional: incluye farmacodependencia, alcoholismo y tabaquismo en los POS. Incluir dentro de las actividades del subprograma de medicina preventiva, campañas específicas para la prevención y el control de la farmacodependencia, alcoholismo y tabaquismo.
  • Resolución 3715 de 1994 Campañas información y educación en materia de ETS/
VIH / SIDA Comentario: El art. 1º. Establece que los empleadores públicos y privados, incluirán dentro de las actividades de Medicina Preventiva, establecidas por la Resolución
1016 de 1989, campañas y estrategias de promoción sanitarias orientadas a facilitar la información y educación en materia de ETS/ VIH / SIDA en los lugares de trabajo.
  • Decreto Ley 1295 de Junio 22 de 1994 de Ministerio de Trabajo y Ministerio de Hacienda.
Organización administración del Sistema General de Riesgos Profesionales (SGRP).
  • Decreto 1772 de Agosto 3 de 1994 de Ministerio de Trabajo
Por el cual se reglamenta la afiliación y las cotizaciones al Sistema General de Riesgos Profesionales.
  • Decreto 1833 de Agosto 3 de 1994 de Ministerio de Trabajo.
Determina la administración y funcionamiento del fondo de riesgos profesionales
  • Decreto 1834 de Agosto 3 de 1994 de Ministerio de Trabajo
Reglamenta la integración y funcionamiento del Consejo Nacional de Riesgos Profesionales.
  • Resolución 4059 de 1995 Reportes de accidente de Trabajo y enfermedad
Profesional.
  • Circular 002 de 1996 de Ministerio de Trabajo Obligatoriedad de inscripción de empresas de alto riesgo cuya actividad es 4 o 5.
  • Ley 100 de 1993 de Ministerio de trabajo Se crea el régimen de seguridad social integral.
  • Ley 776 de 2002 del Congreso de Colombia Se dictan Normas sobre la organización, administración y prestaciones del SGRP. (hace cambios importantes al decreto 1295/1994)
  • Decreto 1607 de 2002 de Ministerio de trabajo y seguridad social
Se modifica la tabla de clasificación de actividades económicas para el SGRP Decreto 2100/1995.
  • Ley 1010 de 2006 Por la cual se disponen medidas preventivas y correctivas para el Acoso Laboral.
  • Resolución 2346 de 2007 Art 1-19
Por la cual se regula las prácticas de evaluaciones medicas ocupacionales (de ingreso, control y egreso) y valoración complementaria. Personal responsable de realizar las evaluaciones médicas ocupacionales. Contenido y custodia de las historias clínicas ocupacionales.
  • Resolución 1918 de 2009 Modifica artículos 11 y 17 de la Resolución 2346 de
2009 evaluaciones médicas ocupacionales.
  • Resolución 1401 de 2007 art 1 – 16
Por la cual se reglamenta la investigación de incidentes y accidentes de trabajo que ocurran en la empresa, he informar a la administradora de riesgo profesionales sobre los resultados de la investigación.
  • Resolución número 2646 de 2008
Por la cual se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención y monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo y para la determinación del origen de las patologías causadas por el estrés ocupacional.
  • Ley 1221 de 2008 Por la cual se establecen normas para promover y regular el Teletrabajo y se dictan otras disposiciones.
Decreto 1299 de 2008. Reglamenta el Departamento de Gestión Ambiental de las empresas a nivel industrial, de conformidad con el artículo 8 de la ley 1124 de 2007
  • Resolución 181294 de 2008 RETIE Comentario: Integra las Resoluciones 180398 de 2004, 180498 de 2005, 180466 de 2007
  • Resolución número 3673 de 2008. (26 de septiembre de 2008)
Tiene por objeto establecer el reglamento técnico para trabajo seguro en alturas y aplica a todos los empleadores, empresas, contratistas, subcontratistas y trabajadores de todas las actividades económicas de los sectores formales e informales de la economía, que desarrollen trabajos en alturas con peligro de caídas. Para efectos de la aplicación se entenderá por trabajo en alturas, toda labor o desplazamiento que se realice a
1,50 metros o más sobre un nivel inferior.
  • Resolución 652 de 2012.
Por la cual se establecen disposiciones para la conformación del comité de convivencia laboral.

  • Resolución 1356 de 2012
Por la cual se modifica parcialmente la resolución 652 de 2012
  • Ley 1523 de 2013 Por la cual se adopta la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se establece el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se dictan otras disposiciones.
  • Ley 1562 de 2012 Por la cual se modifica el sistema de riesgos laborales y se dictan otras disposiciones en materia de salud ocupacional.
  • Ley 1566 de 2012 Por la cual se dictan normas para garantizar la atención integral a personas que consumen sustancias psicoactivas y se crea el premio nacional “Entidad comprometida con la prevención del consumo, abuso y adicción a sustancias psicoactivas”.
  • Decreto 884 de 2012 Reglamenta la Ley 1221 de 2008 (teletrabajo)
  • Ley 1016 de 2013 Por la cual se regulan algunos aspectos sobre las inspecciones del trabajo y los acuerdos de formalización laboral.
  • Ley 1616 de 2013 Por medio de la cual se expide la ley de Salud Mental y se dictan otras disposiciones.
  • Decreto 1352 de 2013 Por el cual se reglamenta la organización y funcionamiento de las Juntas de Calificación de Invalidez y se dictan otras disposiciones. Comentario: Deroga el Decreto 2463 de 2001. Por disposición del artículo 61 del Decreto 1352 de 2013, continúan vigentes las siguientes normas del Decreto 2463 de 2001: • incisos 1 y 2 del artículo 5º:
  • Resolución 0723 de 2013 Por el cual se reglamenta la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales de las personas vinculadas a través de un contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o privadas y de los trabajadores independientes que laboren en actividades de alto riesgo y se dictan otras disposiciones.
  • Decreto 1637 de 2013 Por el cual se reglamenta el parágrafo 50 del artículo 11 de la Ley 1562 de 2012 y se dictan otras disposiciones – Intermediación de seguros
  • Decreto 1442 de 2014 Por el cual se establece como obligatoria la implementación de un esquema de compensación en el Sistema General de Riesgos Laborales por altos costos de siniestralidad y se dictan otras disposiciones.
  • Decreto 1443 de 2014 Por el cual se dictan disposiciones para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).
  • Decreto 1477 de 2014 Por el cual se expide la Tabla de Enfermedades Laborales. Por el cual se deroga el Decreto 2566 de 2009.
  • Resolución 3368 de 2014 Por la cual se modifica parcialmente la resolución 1409 de 2012 y se dictan otras disposiciones
  • Decreto 1507 de 2014 Por el cual se expide el Manual Único para la Calificación de la Pérdida de la Capacidad Laboral y Ocupacional. Y por el cual se deroga el Decreto 917 de 1999.
También aplican en el manejo de los residuos hospitalarios toda la norma que reglamenta el manejo de los residuos sólidos, como son:
  • LEY 9 DE ENERO 24 DE 1979. CODIGO SANITARIO NACIONAL.
  • Artículo 22. Las actividades económicas que ocasionen arrastre de artículos sólidos a las aguas o sistemas de alcantarillado existentes o previstos para el futuro, serán reglamentados por el Ministerio de Salud.
  • Artículo 23. No se podrá efectuar en las vías públicas la separación y clasificación de las basuras. El Ministerio de Salud o la entidad delegada determinarán los sitios para tal fin.
  • Artículo 24. Ningún establecimiento podrá almacenar a campo abierto las basuras provenientes de sus instalaciones, sin previa autorización del Ministerio de Salud o la entidad delegada.
  • Artículo 25. Solamente se podrán utilizar como sitios de disposición de basuras los predios autorizados expresamente por el Ministerio de Salud o la entidad delegada.
  • Artículo 26. Cualquier recipiente colocado en la vía pública para la recolección de basuras, deberá utilizarse y mantenerse en forma tal que impida la proliferación de insectos, la producción de olores, el arrastre de desechos y cualquier otro fenómeno que atente contra la salud de los moradores o la ética del lugar.
  • Artículo 27. Las empresas de aseo deberán ejecutar la recolección de las basuras con una frecuencia tal que impida la acumulación o descomposición en el lugar.
  • Artículo 28. El almacenamiento de basuras deberá hacerse en recipiente o por períodos que impidan la proliferación de insectos o roedores y se evite la aparición de condiciones que afecten la estética del lugar.
Para este efecto, deberán seguirse las regulaciones indicadas en el Título IV de la presente Ley.
  • Artículo 29. Cuando por la ubicación o el volumen de las basuras producidas, la entidad responsable del aseo no pueda efectuar la recolección, corresponderá a la persona o establecimientos productores su recolección, transporte y disposición final.
  • Artículo 30. Las basuras o residuos sólidos con características infecto-contagiosas deberán incinerarse por el establecimiento donde se originen.
  • Artículo 31. Quienes produzcan basuras con características especiales, en los términos que señale el Ministerio de Salud, serán responsables de su recolección, transporte y disposición final.
  • Artículo 32. Para los efectos de los Artículos 29 y 31 se podrán contratar los servicios de un tercero, el cual deberá cumplir las exigencias que para tal fin establezca el Ministerio de Salud o la entidad delegada.






jueves, 9 de junio de 2016

PORTAFOLIO DE SERVISIOS


SEGURIDAD INDUSTRIAL


Los programas que ofrece Salud Ocupacional Lorica en el área de Seguridad Industrial buscan prevenir, identificar, evaluar y controlar los factores de riesgo ocupacional mediante la aplicación de normas nacionales como internacionales, que contribuyan al mejoramiento del medio ambiente de trabajo.
Dentro de esta área desarrollamos los siguientes programas especializados para su gestión en Seguridad Industrial:

  •  Elaboración de una lista de posibles riesgos.
  • investigación de accidentes.
  • seguimientos a factores de riesgos detectados.
  • selección de elementos de protección para la empresa.
  • diseño e implementacion de planes de emergencia.
HIGIENE INDUSTRIAL:

Tiene su fundamento en la previsión, reconocimiento, 
evaluación y control de los riesgos que se dan en el lugar de trabajo y que pueden afectar desfavorablemente la salud, el bienestar y la eficiencia de los trabajadores. En esta área desarrollaremos los siguientes estudios:



  • Ruido
  • Iluminación
  • Radiaciones no Ionizante

    ASESORÍA JURÍDICA Y LEGAL

    LOS SERVICIOS OFERTADOS SON LOS SIGUIENTES:
    • Asesoría en el manejo de reclamaciones de cualquier tipo, ante las Empresas Promotoras de Salud y Aseguradoras de Riesgos Laborales, a través de los diferentes mecanismos jurídicos que existen, como lo son, los derechos de petición, tutelas o la justicia ordinaria.
    • Asesoría legal en contestación de derechos de petición y tutelas ante eventuales demandas en que la empresa se vea afectada.
    • Asesoría legal en el manejo de las situaciones disciplinarias y de carácter sancionatorio en que se vean inmersos los empleados en el cumplimiento de sus labores diarias.
    • Asesoría legal a la empresa, frente a la defensa a plantear en caso de quejas o reclamaciones por revisiones realizadas por las diferentes entidades encargadas de ello.



PRINCIPIOS DE LA EMPRESA

NUESTROS PRINCIPIOS:




RESPONSABILIDAD: 
Cumplimos compromisos adquiridos con una actitud de constancia que se refleja en los logros obtenidos.

COMPROMISO:
Trabajamos con voluntad y cumplimos con las políticas de la organización para contribuir al logro de sus objetivos.

HONESTIDAD: Actuamos con rectitud y justicia en las labores que desempeñamos, reflejando claridad y transparencia ante clientes.

OBJETIVOS


OBJETIVO GENERAL:


Implementar un sistema de gestión integral de calidad, ambiente salud y seguridad ocupacional, de acuerdo a los estándares y cumplimientos legales nacionales e internacionales.




OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

Satisfacer a los clientes con servicios que cumplan con especificaciones de seguridad, calidad y ambientes establecidos.